Deposito Ajustable por CER Banco Columbia

El CER es un coeficiente de estabilización de referencia introducido por el Decreto N° 214/2002. El CER es publicado mensualmente por el Banco Central de la República Argentina, siguiendo las pautas establecidas por el Ministerio de Economía en la Resolución N° 47/2002, que básicamente reflejan la variación diaria de la evolución mensual del índice de precios al consumidor publicado por el INDEC.

El Banco Central está obligado a publicar estos coeficientes todos los días 7 de cada mes. Al momento de publicación de este artículo, el Banco Central ya ha publicado los coeficientes aplicables hasta el 6 de mayo de 2002.

En el caso de los Depósitos a plazo fijo Ajustables por CER del Banco Columbia, podemos decir que su capital se ajusta por el Coefeciente de Estabilización de Referencia (CER) preservando sus ahorros de la inflación.

Usted tendrá una renta adicional, pactada al momento de la imposición. Este tipo de plazo fijo se encuentra dirigido a aquellos clientes que deseen minimizar el riesgo de sus inversiones.

Características del Deposito Ajustable por CER Banco Columbia:

  • Monto mínimo de inversión: $1000.
  • Moneda: Pesos.
  • Plazo mínimo de colocación: 365 días.
  • Depósito con garantía del BCRA.
  • Banco Columbia es un banco de capitales privados 100% nacionales.

Banco Columbia ofrece una amplia variedad de servicios financieros tales como inversiones a plazo fijo, negociación de títulos públicos y privados, cajas de ahorro y cuentas corrientes, cajas de seguridad, operaciones de cambio, transferencias desde y hacia el exterior y seguros.

Su objetivo es brindar tranquilidad y simpleza en el manejo de las finanzas de los clientes. Asimismo, brindan asistencia crediticia para la financiación del consumo de individuos. En tal sentido la trabajan en forma directa con su red de sucursales y a través de entidades intermedias, comercializadores y fuerza de venta propia para la colocación de los créditos de pago voluntario, código de descuento y tarjetas principalmente.

¿Cómo se aplica el CER?

Para calcular el ajuste por CER entre dos fechas se debe:

  • dividir el coeficiente del día de actualización por el coeficiente del día de inicio, y
  • multiplicar el cociente resultante por el valor a actualizar.

Ejemplo:


Deuda pesificada de $100.000


Indice CER 2 de febrero 2002: 1,0000


Indice CER 2 de mayo 2002: 1,0906

Para actualizar la deuda del 2 de febrero al 2 de mayo se debe realizar lo siguiente:

Deuda original * (CER 2.5.2002 / CER 2.2.2002) = Deuda actualizada, o sea

$100.000 * (1,0906 / 1,0000) = $109.060 de deuda actualizada al 5 de mayo de 2002.

¿A qué obligaciones se les aplica el CER?

El Decreto 214/2002 estipula que el CER se aplicará a:

(a) Las obligaciones vinculadas al sistema financiero, incluyendo:

(i) los depósitos en dólares u otra moneda extranjera existentes en el sistema financiero al 6 de enero de 2002, los cuales fueron pesificados a $1,40 por dólar o su equivalente en otra moneda extranjera;

(ii) los préstamos u otras deudas en dólares u otra moneda extranjera con el sistema financiero al 6 de enero de 2002, los cuales fueron pesificados a $1 por dólar o su equivalente en otra moneda extranjera;

(iii) las deudas en dólares u otra moneda extranjera transmitidas por entidades financieras en propiedad fiduciaria a fideicomisos existentes al 6 de enero de 2002, las cuales fueron pesificadas a $1 por dólar o su equivalente en otra moneda extranjera.

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