Un fideicomiso es un contrato mediante el cual una o más personas (Fiduciante) transmiten bienes, dinero o derechos, ya sean presentes o futuros, de su patrimonio a otra persona (Fiduciario), física o jurídica, para que esta lo administre o invierta en beneficio propio o de terceros, llamados Beneficiarios. De esta manera, pasado un determinado plazo o condición, se transmiten los bienes al fiduciante, al beneficiario o a otra persona.
En este sentido, las empresas y entidades financieras utilizan el llamado Fideicomiso Financiero, una alternativa de financiamiento y una opción de inversión en el mercado de capitales para personas jurídicas. Este tipo de contrato integra el llamado “proceso de titulización de activos o securitización”, el cual es el mecanismo que permite la conversión de activos ilíquidos en activos líquidos, a través de la emisión de valores negociables, o valores fiduciarios.
Por su parte, los bienes puestos en el Fideicomiso Financiero pueden ser casi cualquier derecho o cosa que pertenezca a la empresa, existente o futuro, siempre que sea transferible. Pueden ser valores negociables, como acciones, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión; o títulos cambiarios, como pagarés, letras de cambio, cheques, facturas de crédito, contratos de leasing, derechos de cobro y/o cupones de tarjeta de crédito.
Beneficios de contratar un Fideicomiso Financiero
- Tasas: Ofrecen rendimientos más atractivos que las alternativas tradicionales.
- Bajo riesgo: Su activo subyacente es una cartera de crédito muy atomizada, lo cual disminuye el riesgo de pérdidas.
- Baja volatilidad: Al ser instrumentos de renta fija, son poco volátiles, lo cual lo convierte en la opción ideal para inversores conservadores.
- Calificación del riesgo: La mayoría cuentan con calificación de riesgo de agencias internacionales.
Fideicomiso financiero en Argentina
En Argentina, los Fideicomisos financieros están regulados por la Ley 24.441, la cual establece: “Habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario) y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario, según lo determine el contrato”.
Para que una empresa o entidad pueda establecer un fideicomiso financiero debe estar autorizada por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Los beneficiarios serán los titulares de certificados de participación en el dominio fiduciario, o de títulos representativos de deuda garantizados con los bienes así transmitidos.
Si el patrimonio fiduciario se hace insuficiente e impide la continuidad del fideicomiso, la ley establece un régimen que otorga a la asamblea de tenedores de títulos de deuda la solución al problema de la insuficiencia del patrimonio fideicomitido. Tras la citación de la asamblea de tenedores, se determinarán las normas de administración y liquidación del patrimonio. De esta manera, no se declarará la quiebra del patrimonio autónomo o separado ni del fiduciario.
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